Si la asesinato no hubiese sobrevenido sin el concurso de circunstancias preexistentes desconocidas del culpable, o de causas imprevistas o independientes de su hecho, la pena será la de presidio de cuatro a seis primaveras, en el caso del artículo 405; de seis a nueve años, en el caso del https://210list.com/story19000111/la-gu%C3%ADa-m%C3%A1s-grande-para-reato-di-diffamazione