2.º Las superficies transparentes o translúcidas de las puertas y portones que no sean de material de seguridad deberán ampararse contra la rotura cuando ésta pueda suponer un peligro para los trabajadores. En el mismo sentido hay que tener en cuenta que en el ámbito de la Unión Europea se https://robertd322umd1.wikibuysell.com/user