Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor mediador, que previo el examen de mi personería para desempeñarse como representante de la parte demandante. https://bookmark-vip.com/story19977132/los-principios-b%C3%A1sicos-de-demanda-laboral-por-falta-de-seguro-social-ejemplo