Obligatorio cumplimiento por parte de los empleadores cuya periodicidad está definida de la ulterior forma: Protocolo de intervención de factores psicosociales para trabajadores del sector transporte – Gestión de la caminata y prevención de la sofoco profesional. Para este fin se debe calcular por separado el nivel de riesgo psicosocial https://richarde815ubh7.wikicommunications.com/user